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VERON DANIELA ADRIANA Y OTROS c/ EDENOR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de la muerte de su hija por electrocución. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios.

Dano moral Responsabilidad civil Cosa riesgosa Valor vida Deber de seguridad Energia electrica

Daños y perjuicios por la muerte de su hija Noelia Nahiara Pietra, de 13 meses, a causa de una descarga eléctrica en su vivienda.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal que decide y modificó el monto de la condena, elevándolo a $470.000, más intereses. Impuso las costas a la demandada. Fundamentos relevantes:
- La energía eléctrica y la línea que la transporta son cosas riesgosas, por lo que EDENOR como propietaria y guardiana de la cosa debe responder por los daños, salvo que acredite la culpa de la víctima o de un tercero por quien no deba responder.
- Si bien hubo cierta responsabilidad de los padres por la precariedad de la instalación eléctrica, EDENOR también incurrió en negligencia al no exigir la Declaración de Conformidad de Instalación (DCI) y no controlar adecuadamente la instalación.
- Se fijó en 70% la responsabilidad de EDENOR y 30% de los padres.
- El monto indemnizatorio por "valor vida" se fijó en $250.000, el daño moral en $220.000 y se rechazó el reclamo por daño psicológico.
- Corresponde aplicar intereses desde la fecha del hecho y la tasa activa del Banco Nación.

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