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ANSES c/ GONZALEZ RAMONA ISABEL s/REPETICION

La ANSES demandó a Ramona Isabel González por reintegro de pensión por hija menor cobrada indebidamente. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenó el reintegro con intereses desde la notificación de la demanda.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) demandó a Ramona Isabel González por el reintegro de la suma de $97.302,03 o lo que en más o en menos resulte de la liquidación, con más intereses, en concepto de percepción indebida del beneficio de pensión por hija menor de edad tras el fallecimiento de su padre. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, teniendo en cuenta la rebeldía de la demandada y su reconocimiento de deuda. En cuanto a los intereses, estableció que la suma adeudada devengará intereses desde la notificación de la demanda y hasta el efectivo pago. La ANSES apeló el punto relativo al cómputo de los intereses, solicitando que éstos comiencen a contabilizarse desde la percepción indebida de cada una de las cuotas. La Cámara de Apelaciones rechazó este agravio, confirmando que los intereses deben computarse desde la notificación de la demanda, por tratarse de un requerimiento fehaciente al deudor. Fundamentó que para que el requerimiento tenga virtualidad moratoria, debe reunir determinadas condiciones que se encuentran acreditadas en la notificación de la demanda, pero no en el reconocimiento de deuda realizado por la demandada.

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