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VASINA PARIJ, SOFIA MILENKA c/ OSPACA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora apeló el rechazo de los reintegros por tratamiento médico de su hija. La Cámara confirmó la improcedencia de tramitar esas cuestiones patrimoniales en la vía de amparo.

Obra social Incumplimiento contractual Cobertura medica Amparo Via ordinaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, representando a su hija menor, promovió un amparo contra la obra social OSPACA para obtener la cobertura de un tratamiento de Hospital de Día por Anorexia Nerviosa y Síndrome de Asperger en la Fundación FUNDALUBA. En primera instancia, el juez rechazó el pedido de reintegro de los gastos de ese tratamiento devengados entre enero y mayo de 2018, por considerar que eran cuestiones patrimoniales ajenas al amparo. La actora apeló ese rechazo. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, señalando que las cuestiones de incumplimiento contractual deben ventilarse por vías ordinarias y no a través del amparo, que es una vía excepcional. Los jueces Alfredo Silverio Gusmán y Eduardo Daniel Gottardi resolvieron confirmar la sentencia de primera instancia.

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