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CALOIA HECTOR ALFREDO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Los trabajadores de la ex ENTEL reclaman participación en las ganancias de Telefónica de Argentina S.A. La Cámara modifica la sentencia y establece la responsabilidad del Estado Nacional y Telefónica, fijando el monto indemnizatorio.

Indemnizacion Inconstitucionalidad Programa de propiedad participada Privatizacion Bonos de participacion Ley 23 696


- Actores: Héctor Alfredo Caloia, Carlos Norberto Cundari y otros trabajadores de ENTEL transferidos a Telefónica.
- Demandados: Estado Nacional y Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de bonos de participación en las ganancias conforme la Ley 23.696.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se declara la responsabilidad del Estado Nacional y Telefónica, ordenándose el cálculo de la indemnización en la etapa de ejecución de sentencia conforme los lineamientos fijados. La Cámara consideró que el Decreto 395/92 que eximió a las licenciatarias del servicio telefónico de emitir los bonos de participación es inconstitucional por atentar contra la Ley 23.696. Respecto a la prescripción, determinó que el plazo debe computarse desde la desvinculación laboral para los trabajadores que ya no tienen relación de dependencia, y desde la vigencia de la ley hasta el dictado de la sentencia firme para quienes continúan empleados. Finalmente, fijó que la indemnización debe calcularse sobre el 2% de las "ganancias imponibles" y que la responsabilidad se distribuye entre el Estado y Telefónica.

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