CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO c/ INGENIO LA ESPERANZA SAICAG s/EJECUCION PRENDARIA
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirma la imposición de astreintes al Estado Nacional por el incumplimiento de los plazos para el pago de una deuda consolidada.
¿Quién es el actor?
Caja Nacional de Ahorro y Seguro
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución prendaria
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma las sanciones conminatorias (astreintes) impuestas al Estado Nacional por incumplir los plazos para pagar una deuda consolidada. Rechaza los argumentos del Estado sobre la improcedencia de las astreintes, señalando que estas son aplicables también al Estado y que su conducta incumplidora justifica la imposición de estas medidas. También confirma la imposición de costas a la demandada por las gestiones realizadas por el acreedor ante la inactividad del Estado.
Fundamentos relevantes:
- Las astreintes no están vedadas contra el Estado Nacional, ya que la prohibición de sanciones pecuniarias disuasivas del art. 2 de la Ley 26.944 no abarca este instituto.
- Existe un incumplimiento del Estado que justifica la imposición de astreintes para vencer su conducta recalcitrante.
- La conducta morosa del Estado, incumpliendo los plazos reglamentarios, justifica la imposición de costas al demandado.
- No se puede atribuir la demora a otras dependencias estatales, ya que el Estado es una unidad y las conductas de sus órganos se le imputan.
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