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MARILUIS, KATIA GRACIELA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Tribunal confirma honorarios de profesionales actuantes en un proceso por daños.

Danos y perjuicios Mediador Ley 27 423 Honorarios profesionales Perito Ley 21 839 Acordada csjn 27 18 Decreto 1467 11 Decreto 2536 2015 Decreto 266 2018


¿Quién es el actor?

MARILUIS, KATIA GRACIELA

¿A quién se demanda?

EDESUR SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

El tribunal confirma los honorarios de la dirección letrada de la parte actora, la representación legal de la citada en garantía, el perito ingeniero electricista, el perito contador y la mediadora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se confirman los honorarios en atención a la naturaleza del asunto, la extensión, calidad e importancia de los trabajos realizados, así como las etapas cumplidas (arts. 6, 7, 8, 9, 37 y 39 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432 y arts. 14, 16, 19, 20, 21, 26 y 29 de la ley 27.423 y Acordada CSJN 27/18).
- Respecto a la retribución de la mediadora, se confirman sus honorarios de acuerdo al Decreto 1467/11 modificado por el Decreto N° 2536/2015 y Decreto 266/2018.

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