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CROCS INC Y OTRO c/ PARKEGOM SA Y OTROS s/CESE DE USO DE MARCA

La actora apela la fijación de una caución de $300.000 para efectivizar el cese de uso de una marca. La Cámara confirma la decisión de primera instancia.

Doble instancia Marca Arraigo Extranjero Uso marcario Caucion


¿Quién es el actor?

CROCS INC Y OTRO

¿A quién se demanda?

PARKEGOM SA Y OTROS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de uso de marca

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que fijó una caución de $300.000 para la actora. La Cámara señaló que el art. 2610 del nuevo Código Civil y Comercial establece el principio de igualdad de trato de los ciudadanos y residentes extranjeros aplicado al acceso a la jurisdicción, pero que esto no incide sobre la normativa del art. 348 del Código Procesal que permite exigir el arraigo al actor domiciliado en el extranjero. Respecto al monto de la caución, la Cámara consideró que debe ser suficiente para cubrir los gastos y honorarios que tendría que soportar la actora en caso de resultar condenada en costas, teniendo en cuenta la complejidad del caso y la posibilidad de una doble instancia.

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