FAVAREL, MARIA FLORENCIA c/ OSDE s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora apeló la sentencia que rechazó sus reclamos por incapacidad física, daño psíquico y cuantificación del daño moral. La Cámara confirmó la sentencia al entender que no se demostró que la demora en la atención haya causado perjuicios y que el monto del daño moral fijado resulta adecuado.
Daños y perjuicios por atención médica negligente
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a OSDE y a Acudir S.A. al pago de $40.000 en concepto de daño moral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara considera que no se acreditó que la demora en la atención haya causado incapacidad física o daño psíquico a la paciente. Si bien existió riesgo de vida, este se extendió por unas pocas horas y la intervención quirúrgica posterior no se debió a la negligencia, sino a un tratamiento previo de la actora. Respecto al daño moral, el monto fijado se considera adecuado para cumplir con la función resarcitoria.
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