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APOLO, MARGARITA CATALINA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora reclamó indemnización por los recurrentes cortes de suministro eléctrico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia al elevar los montos otorgados por daño moral y daño punitivo.

Dano moral Dano punitivo Interrupcion servicio publico Proveedor de servicios Conducta grave

¿Qué se resolvió en el fallo?

Margarita Catalina Apolo demandó a Edesur S.A. y a sus aseguradoras por los reiterados cortes de energía eléctrica en su domicilio entre 2005 y 2014. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Edesur y a la Caja de Seguros S.A. al pago de $6.000 por daño material, $14.000 por daño moral y $8.000 por daño punitivo. La Cámara de Apelaciones, al resolver el recurso de la actora, consideró que el monto otorgado por daño moral era reducido y lo elevó a $20.000. Asimismo, aumentó la indemnización por daño punitivo a $40.000, destacando que este rubro tiene carácter excepcional y es una sanción a la conducta grave de la empresa prestataria del servicio. La Cámara resaltó que la reiteración de los cortes evidencia que a la empresa le resulta más económico pagar exiguas indemnizaciones que realizar las inversiones necesarias para brindar un servicio eficiente.

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