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TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE SA c/ GASNOR SA s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

La empresa transportadora de gas reclamó el cobro de facturas impagas. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia estableciendo la tasa de interés aplicable y el hito inicial para el cómputo de los accesorios.

Intereses moratorios Transporte de gas Convenio multilateral Impuestos provinciales Actividad interjurisdiccional


¿Quién es el actor?

Transportadora de Gas del Norte S.A. (TGN)

¿A quién se demanda?

Gasnor S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de facturas impagas por servicio de transporte de gas natural.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de TGN, modificando la sentencia de primera instancia en cuanto a la tasa de interés aplicable y el hito inicial para el cómputo de los accesorios. La Cámara señaló que correspondía aplicar el régimen especial del art. 9 del Convenio Multilateral al ser TGN una empresa de transporte que desarrolla actividades en varias jurisdicciones, atribuyendo la totalidad de la base imponible a la jurisdicción de origen. Respecto a los intereses, aplicó la tasa establecida en el Reglamento de Servicio de la Licencia de Transporte (150% de la tasa del Banco Nación a 30 días) y fijó el inicio del cómputo en 20 días posteriores a la presentación de cada factura, conforme a dicho reglamento.

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