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GOMEZ, ALICIA BEATRIZ c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió amparo contra su obra social para obtener la reafiliación y cobertura médica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la decisión de primera instancia y habilitó la feria judicial para hacer efectiva la medida cautelar que reconoce el derecho de la actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Alicia Beatriz Gómez, promovió una acción de amparo contra la obra social OSECAC con el objeto de que se le reconozca su derecho a ser reafiliada y obtenga la cobertura de los tratamientos médicos necesarios. En primera instancia, la jueza denegó la habilitación de la feria judicial solicitada por la actora para notificar la medida cautelar decretada a favor de la actora. Esta decisión fue apelada por la amparista. La Cámara Nacional de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia y habilitó la feria judicial, considerando que existía una situación de urgencia que justificaba esta medida excepcional, a fin de hacer efectiva la medida cautelar que reconoce el derecho de la actora a ser reafiliada a la obra social y obtener la cobertura médica necesaria, dado que en la actualidad no cuenta con dicha cobertura. Los magistrados señalaron que la actuación del Tribunal de Feria es excepcional y procede cuando la falta de una medida especial en un momento determinado puede causar un perjuicio irreparable, lo cual se configura en el presente caso.

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