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CORREDOR NAUTICO SA c/ LOS CIPRESES SA s/INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

La empresa Corredor Náutico S.A. demandó a Los Cipreses S.A. por incumplimiento de contrato, y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia respecto a la fecha de cómputo de los intereses.

Intereses Clausula penal Mora Comodato Incumplimiento de contrato


¿Quién es el actor?

Corredor Náutico S.A.

¿A quién se demanda?

Los Cipreses S.A.
- Objeto de la demanda: Incumplimiento de contrato de comodato por parte de Los Cipreses S.A. al no retirar las embarcaciones en el plazo pactado, activando la cláusula penal.
- Decisión del tribunal: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses correrán a partir del 1° de febrero de 2012, cuando la demandada fue puesta en mora, y no desde la fecha fijada por el juez de primera instancia. En lo demás, confirmó la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal de alzada señaló que los argumentos de la apelante sobre la tácita reconducción del contrato no fueron sometidos al juez de primera instancia, por lo que su tratamiento está vedado en segunda instancia por el principio de congruencia.
- Respecto a la nulidad de la cláusula penal, el tribunal consideró que la demandada no logró acreditar la desproporción entre el monto de la cláusula y la gratuidad del comodato.
- En cuanto a la fecha de inicio del cómputo de intereses, el tribunal consideró que, habiéndose pactado mora automática, los intereses deben correr a partir de la fecha en que la demandada fue puesta en mora, es decir, el 1° de febrero de 2012.

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