ARRICO, ALFREDO HORACIO c/ TELECOM ARGENTINA SA s/INCUMPLIMIENTO DE SERVICIO DE TELECOMUNICAC.
El actor promovió demanda por incumplimiento de la prestación del servicio telefónico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó parcialmente la sentencia que condenó a la empresa prestataria a brindar un servicio regular y continuo, y a abonar una indemnización por lucro cesante y daño moral.
Incumplimiento en la prestación del servicio telefónico contratado, que se interrumpió por períodos prolongados, causándole perjuicios.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Se reconoció la responsabilidad de Telecom por el incumplimiento contractual, condenándola a brindar un servicio regular y continuo, y a pagar una indemnización por lucro cesante ($50.000) y daño moral ($60.000). No se hizo lugar a la restitución de montos abonados y eliminación de deudas, al no acreditarse suficientemente esos rubros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró acreditado el incumplimiento de Telecom en la prestación del servicio, constatado incluso por resoluciones administrativas. Esto generaba su responsabilidad contractual, la que no pudo ser eximida por la prestataria. Los montos indemnizatorios fijados se consideraron prudentes y razonables ante la magnitud y duración de la privación del servicio.
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