GOYENECHEA SA c/ SAENZ BRIONES Y CIA SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
El actor promovió demanda por cese de oposición al registro de la marca TANGO REAL. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, declarando fundada la oposición de la demandada.
¿Quién es el actor?
Goyenechea S.A.
¿A quién se demanda?
Sáenz Briones y Cía S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese de oposición al registro de las marcas "TANGO REAL" (clases 33 y 32).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Consideró que la marca "REAL" de la demandada es notoria y que el agregado "TANGO" a la marca solicitada por la actora no le otorga suficiente distintividad para evitar la confundibilidad con la marca preexistente y notoria de la demandada. Por ello, rechazó la demanda y declaró fundada la oposición de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La marca "REAL" de la demandada es notoria en las clases 32 y 33, y merece un análisis riguroso ante la solicitud de registro de una marca similar.
- El término "REAL" es el elemento preponderante y la "mot vedette" de las marcas de la demandada, por lo que el agregado "TANGO" a la marca solicitada por la actora no le otorga suficiente distintividad.
- La actora no acreditó el uso prolongado y continuo de la marca "TANGO REAL" que le permitiera obtener una protección especial como "marca de hecho".
- La propia actora en otro proceso judicial reconoció que el término "TANGO" es de uso común en la clase, por lo que su adición a la marca "REAL" no basta para evitar la confundibilidad.
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