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L.T. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD

La obra social apeló la medida cautelar ordenada a su favor. La Cámara confirmó la caducidad de la segunda instancia de la apelación.

Obra social Apelacion Caducidad de instancia Medida cautelar Salud


¿Quién es el actor?

L.T.

¿A quién se demanda?

OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo de salud

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al planteo de caducidad de la segunda instancia interpuesto por el actor, respecto del recurso de apelación interpuesto por la obra social contra la medida cautelar. La Cámara señaló que correspondía la caducidad dado que la obra social, en calidad de apelante, no había impulsado el trámite del recurso de apelación dentro del plazo de 3 meses previsto en el Código Procesal. Si bien la obra social argumentó que su domicilio electrónico no estaba vinculado, la Cámara entendió que como interesada en la prosecución del recurso, debía haber efectuado las gestiones para subsanar esa deficiencia de modo previo al planteo de caducidad.

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