RIPLEY LTD c/ VINOS DE ARGENTINA ASOCIACION CIVIL PARA LA PROMOCION EXTERNA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por cese de oposición al registro de marca y mantuvo la imposición de costas al demandado.
¿Quién es el actor?
Ripley LTD
¿A quién se demanda?
Vinos de Argentina Asociación Civil para la Promoción Externa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declarar infundada la oposición al registro de la marca "H Malbec" de la clase 33
¿Qué se resolvió?
La Cámara consideró que el retiro tardío de la oposición por parte de Vinos de Argentina obligó a Ripley a iniciar la demanda judicial, por lo que correspondía imponerle las costas. Rechazó los agravios del demandado por considerar que no refutó adecuadamente los fundamentos de la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El allanamiento del demandado fue tardío, ya que retiró la oposición casi dos años después de haberla formulado, obligando así a la actora a iniciar el proceso judicial.
- El allanamiento no cumplió con los requisitos del art. 70 CPCCN (ser real, incondicional, oportuno, total y efectivo) para eximirlo del pago de costas.
- En los procesos marcarios, quien obliga al solicitante a reclamar judicialmente el cese de la oposición debe soportar las costas.
- La expresión de agravios del demandado se limitó a reiterar argumentos que ya fueron considerados y descartados por el juez de primera instancia, sin refutarlos adecuadamente.
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