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PELONI, ANTONIO Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Usuarios de energía eléctrica reclaman daños por reiteradas interrupciones del servicio. La Cámara confirmó la responsabilidad de la empresa proveedora y los montos indemnizatorios por daño material y moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Dano material Usuario Servicio publico Energia electrica Interrupcion del servicio

Daños y perjuicios por reiteradas interrupciones del servicio de energía eléctrica entre 2008 y 2018

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a EDESUR al pago de $180.000 por daño material y moral. La Cámara consideró que EDESUR incumplió su obligación de prestar el servicio de manera regular, ya que no acreditó causas eximentes de responsabilidad. Respecto al daño material, se tuvo en cuenta la duración de los cortes, algunos de más de 12 horas. En cuanto al daño moral, el tribunal sostuvo que la interrupción del servicio público produce afecciones a la dignidad del usuario que deben ser indemnizadas.

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