ACE SEGUROS SA c/ EDENOR SA s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La aseguradora demandó a la empresa de electricidad por el pago de la indemnización abonada a su asegurado por daños en un tomógrafo. La Cámara modificó la sentencia al establecer una tasa de interés anual del 4% sobre el monto reconocido.
Cobro de U$S 8.750 que la aseguradora abonó a su asegurado (Grupo Médico San Marcelino SRL) por daños en un tomógrafo ocasionados por una sobretensión en la red eléctrica.
¿Qué se resolvió?
El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. La Cámara confirmó esa decisión, pero modificó la tasa de interés anual aplicable del 6% al 4%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró probada la existencia de la sobretensión y la responsabilidad de la empresa de electricidad, por tratarse de un servicio público esencial que debe prestarse en condiciones adecuadas. Además, señaló que las eximentes de responsabilidad (caso fortuito, fuerza mayor, culpa de tercero) deben ser demostradas por el deudor, lo que no ocurrió en este caso.
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