ARGUL Y CIA SA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La empresa Argul y Cía SA promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un corte de suministro eléctrico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y ordenó computar los intereses desde la fecha de cada factura.
Daños y perjuicios por corte de suministro eléctrico
¿Qué se resolvió?
Se confirma el reconocimiento del daño emergente, pero se modifica el hito para el cálculo de intereses, fijándolo desde la fecha de cada factura, en lugar del día del corte.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se acreditó el corte de suministro eléctrico el 17/12/2013 mediante prueba testimonial y documental.
- La empresa demandada no pudo probar un caso fortuito o fuerza mayor que la exima de responsabilidad.
- Si bien no se probó con exactitud el lucro cesante, correspondía su rechazo por falta de prueba suficiente.
- Los intereses deben computarse desde la fecha de cada factura, por tratarse de restitución de gastos.
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