TECNOPLANT SA c/ SATUS AGER SA s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Tecnoplant S.A. solicitó registro de marca mixta Tecnoplant y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la decisión administrativa que había declarado fundada la oposición contra dicha solicitud.
¿Quién es el actor?
Tecnoplant S.A.
¿A quién se demanda?
Satus Ager S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de registro de marca mixta "Tecnoplant" presentada por Tecnoplant S.A., objeto de oposición de Satus Ager S.A. por su marca "Tecnoseeds".
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la disposición administrativa que había declarado fundada la oposición, considerando que las marcas pueden coexistir por ser distinguibles gráfica, fonética e ideológicamente, a pesar de compartir el elemento "Tecno" que es de uso común en la clase.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que al ser "Tecno" un elemento de uso común, el solicitante no puede monopolizarlo pero puede registrarlo si le agrega un complemento adecuado que lo diferencie, como "Plant" en este caso. Así, las marcas se distinguen claramente en los planos gráfico, fonético e ideológico, no existiendo riesgo de confusión para el público.
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