CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO SA c/ EMPRENDIMIENTOS EN PUERTO MADERO SRL s/CESE DE USO DE NOMBRE
El titular de la marca Puerto Madero demandó a la empresa Emprendimientos en Puerto Madero SRL por uso indebido de la denominación. La Cámara Civil y Comercial Federal revocó la sentencia que rechazaba la demanda y ordenó a la demandada cesar y cambiar su designación social.
Cese del uso de la denominación "Emprendimientos en Puerto Madero SRL" por infringir sus derechos de marca
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Consideró que el término "Puerto Madero" posee gran fuerza diferenciadora y que la palabra "Emprendimientos" no otorga suficiente distintividad al nombre social de la demandada, generando confusión con la marca del actor. Por lo tanto, ordenó a la demandada cesar y cambiar su designación social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La titularidad de una marca registrada confiere la exclusividad de su uso (art. 4 de la ley 22.362), pudiendo ser afirmado que en gran medida, el sistema marcario se sustenta en esa norma. Dicha exclusividad juega no sólo respecto de otras marcas, idénticas o confundibles, sino también con relación a nombres o designaciones sociales que las trasgreden. (...) Sobre esa base, aceptado el suficiente grado de confundibilidad que se puede presentar entre la marca de la actora y el nombre social de la demandada, cuyo énfasis esta puesto en ambos casos en el nombre de un barrio de esta ciudad (PUERTO MADERO), si bien la marca y el nombre social cumplen funciones distintas y tienen diferentes ámbitos de aplicación, juzgó que el titular marcario está legitimado para objetar que se la utilice como designació."
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