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CASTRO MARIA DEL PILAR c/ ESTADO NACIONAL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La médica Castro demandó al Estado Nacional por daños por enfermedad laboral. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la enfermedad era preexistente y no se acreditó nexo causal con la modificación de funciones.

Nexo causal Prueba pericial medica Responsabilidad estatal Enfermedad laboral Taquicardia paroxistica

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, la médica María del Pilar Castro, demandó al Estado Nacional (Servicio Penitenciario Federal) por daños y perjuicios derivados de un agravamiento de su patología cardíaca (taquicardia paroxística) que sufrió luego de que el SPF la trasladara de sus funciones de alergista a tareas de otorrinolaringología en unidades penitenciarias.
- El juez de primera instancia rechazó la demanda al considerar que la patología era preexistente y no se acreditó relación de causalidad entre el traslado y el agravamiento.
- En la apelación, la Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Consideró que si bien el Estado es responsable por los daños sufridos por sus agentes en el ejercicio de sus funciones, la actora no logró acreditar el nexo causal entre el traslado y el agravamiento de su dolencia, tal como surge del dictamen pericial médico. Este determinó que la patología era anterior al supuesto hecho dañoso y que no se vio agravada por el cambio de tareas.
- La Cámara señaló que la prueba pericial reviste especial relevancia en estos casos que exceden el conocimiento de los jueces, y que la recurrente no logró desvirtuar las conclusiones del peritaje médico.

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