CENCI GUSTAVO ADOLFO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERV PUB Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Trabajadores reclaman cobro de bonos de participación en ganancias. La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que condenó parcialmente al Estado Nacional y a Telefónica de Argentina S.A.
Cobro de bonos de participación en ganancias previstos en art. 29 Ley 23.396
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó al Estado Nacional y a Telefónica a pagar los bonos no prescriptos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La fecha de inicio del cómputo de la prescripción difiere para cada demandado: para el Estado Nacional desde la publicación del Decreto 395/92, y para Telefónica desde la aprobación de cada balance con ganancias.
- No corresponde imponer solidaridad al Estado Nacional respecto a las obligaciones de Telefónica, ya que la causa de las obligaciones es distinta.
- Los intereses deben computarse desde la fecha de celebración de las asambleas que aprobaron los balances con ganancias.
- La base de cálculo de la indemnización debe ser sobre el 2% de las "ganancias imponibles" de Telefónica.
- El coeficiente de participación de los trabajadores debe calcularse en función de la cantidad de empleados de cada período.
- Las costas se imponen en el orden causado dada la complejidad de la cuestión.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: