ESCOBAR HUGO DANIEL c/ VEJARANO RAMON CATALINO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un hecho violento perpetrado por un agente de la Policía Federal Argentina. La Cámara Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad y daño moral.
Daños y perjuicios derivados de lesiones graves sufridas por el actor a raíz de disparos efectuados por el Sargento Vejarano, quien se encontraba fuera de servicio
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad del Estado Nacional por los hechos del agente policial, por la doctrina de la "falta de servicio" y "riesgo de la cosa" (arma reglamentaria). Fijó montos mayores para los rubros "incapacidad" ($350.000) y "daño moral" ($180.000).
Fundamentos relevantes:
- El Estado responde por los hechos ilícitos cometidos por los miembros de las fuerzas de seguridad en ejercicio o en ocasión de sus funciones, aun cuando el agente se encontrara fuera de servicio.
- El agente policial tiene el deber de velar por la integridad física de los ciudadanos, y la portación del arma reglamentaria es un riesgo que genera responsabilidad del Estado.
- Para determinar el monto por incapacidad, debe ponderarse la edad, profesión, situación familiar y grado de minusvalía del damnificado.
- La indemnización por daño moral debe atender a la magnitud del hecho y a la índole de las lesiones, sin sujetarse a criterios matemáticos.
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