C. N. N. c/ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó por daños y perjuicios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera instancia que había declarado prescripta la acción.
¿Quién es el actor?
Norma Nilda Caniza
¿A quién se demanda?
Correo Oficial de la República Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de daños y perjuicios por error de un empleado de la demandada al enviar un telegrama a la empleadora de la actora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había acogido la excepción de prescripción, considerando que el plazo aplicable es el de 3 años previsto en el art. 2561 del Código Civil y Comercial, y no el de 1 año de la Ley de Telégrafos Nacionales. Por lo tanto, remitió las actuaciones a la Oficina de Asignación de Causas para que se desinsacule un nuevo tribunal que se expida sobre el fondo del asunto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Cuando la ley específica prevé un plazo de prescripción específico, no existe duda alguna sobre qué norma debe regir. El propio Código Civil y Comercial prevé la aplicación de sus normas en materia de prescripción cuando medie "ausencia de disposiciones específicas" (art. 2532)." "La prescripción es un instituto que aniquila derechos, debe estarse a una interpretación lo más restrictiva dable de su alcance, máxime cuando en el caso todo supuesto de duda debe resolverse, por expresa indicación legal, en favor de la parte más débil de la relación jurídica que es el consumidor."
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