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ALONSO ABEL HECTOR c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO s/ESCRITURACION

El actor promovió demanda por escrituración de un inmueble adquirido a través del Programa Arraigo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que ordenó al Estado Nacional a otorgar la escritura pública a favor del actor.

Incumplimiento contractual Escrituracion Buena fe contractual Obligacion de escriturar Programa arraigo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El señor Abel Héctor Alonso demandó al Estado Nacional Argentino para que se lo condene a transmitir a su favor, mediante escritura pública, el dominio de un inmueble ubicado en El Bolsón, Río Negro. Relató que en 1998 adquirió los derechos de ocupación de dicho inmueble a través del "Programa Arraigo", abonando el precio total en 2004. Sin embargo, el Estado incumplió con su obligación de otorgar la escritura traslativa de dominio. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó al Estado escriturar el bien a favor del actor. Consideró que el Estado incumplió con su obligación de escriturar desde que el actor pagó el 30% del precio en el año 2000, independientemente de que luego haya cancelado la totalidad de la deuda en 2004. Señaló que la verificación de la ocupación efectuada por el Estado en 2008 resultaba irrelevante, ya que para ese entonces las obligaciones del adquirente habían cesado. Por lo tanto, el Estado no podía invocar el incumplimiento de la cláusula de ocupación efectiva para negar la escrituración.

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