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AGUIRRE ANTONIO OSVALDO Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Usuarios reclaman daños y perjuicios por cortes de suministro eléctrico. La Cámara de Apelaciones modifica la sentencia y reduce los montos indemnizatorios por daño material y daño moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Dano material Dano punitivo Servicio publico Cortes de suministro electrico


- Actores: AGUIRRE, ANTONIO OSVALDO Y OTRO

¿A quién se demanda?

EDESUR SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de daños y perjuicios por cortes de suministro eléctrico

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la responsabilidad de EDESUR, pero reduce los montos indemnizatorios por daño material a $800.000 ($400.000 por cada actor) y por daño moral a $300.000 (por cada actor). Confirma el monto de la indemnización por daño punitivo en $1.092.000. Principales fundamentos:
- La empresa prestadora del servicio público de electricidad tiene una obligación de resultado y su responsabilidad es de carácter objetivo. No acreditó causales eximentes.
- El daño material comprende los gastos extraordinarios realizados por los usuarios ante la falta de suministro eléctrico.
- El daño moral se configura por la perturbación de la paz y tranquilidad de los usuarios ante la prolongada interrupción del servicio esencial.
- Procede el daño punitivo por la conducta negligente y reiterada de la empresa prestadora.

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