E A E c/ M F L s/DIVORCIO
El divorcio contencioso se decretó sin calificación de culpabilidad conforme al Código Civil y Comercial de la Nación vigente, revocando la sentencia que determinaba la culpabilidad de uno de los cónyuges.
Divorcio
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la calificación de culpabilidad de uno de los cónyuges, decretando el divorcio sin dicha calificación conforme al Código Civil y Comercial vigente al momento de la resolución. Devolvió las actuaciones al juez de primera instancia para que adecue el proceso a la nueva normativa.
Los principales fundamentos fueron:
- El nuevo Código Civil y Comercial eliminó las causales subjetivas de divorcio, adoptando el sistema de "divorcio incausado", por lo que no procede calificar a los cónyuges como culpables o inocentes.
- La ley aplicable es la vigente al momento de la extinción de la relación matrimonial, es decir, el Código Civil y Comercial de la Nación.
- Cuando no hay sentencia firme, deben aplicarse las nuevas normas sobre divorcio al proceso, dejando sin efecto las declaraciones de culpabilidad realizadas bajo la legislación anterior.
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