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FERNANDEZ BRITAL , ALVARO c/ LOPEZ TORRES, SUSANA MARIA JOSE SOL s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES

El actor promovió demanda por cobro de honorarios profesionales pactados en un convenio con la demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y estableció el saldo adeudado al actor.

Cobro de honorarios profesionales Sucesion Doctrina de los actos propios Interpretacion de contrato Valor real de bienes hereditarios


¿Quién es el actor?

Álvaro Fernández Brital
- Demandada: Susana María José Soledad López Torres

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de honorarios profesionales pactados en un convenio por la tramitación de la sucesión de la madre de la demandada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia, estableciendo que la base para determinar los honorarios del 10% pactados debe ser el valor real de los bienes recibidos por la demandada en la sucesión, conforme el informe pericial, y no los valores consignados en el "estado patrimonial" presentado por los herederos. Asimismo, se incluyeron los bienes provenientes de la sucesión de la tía de la demandada. El saldo adeudado al actor se fijó en $128.706,95, con intereses. Principales fundamentos:
- La doctrina de los actos propios no resulta aplicable a un documento elaborado por el actor en el marco de tratativas conciliatorias.
- El convenio de honorarios debe interpretarse conforme sus términos literales, que establecen que la alícuota del 10% se aplica sobre el valor real de los bienes heredados, sin deducción de pasivos.
- La alusión a las etapas del proceso sucesorio en el convenio se refiere a regular los efectos de la revocación del mandato y no a modificar el porcentaje pactado.

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