B. M. H. c/ EXPRESO SAN ISIDRO S.A.T.C.I.F.I. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Actores promovieron demandas por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de intereses.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, pero modificó el cálculo de los intereses. Estimó que aplicar la tasa activa desde el momento del hecho hasta el dictado de la sentencia implicaría un enriquecimiento indebido, por lo que dispuso una tasa del 6% anual en ese período.
Fundamentos principales:
- La incapacidad sobreviniente comprende la disminución física o psíquica que afecta la capacidad productiva y la vida de relación de la víctima. El peritaje médico acreditó que el actor sufrió esguince cervical con secuelas.
- Respecto al daño psíquico, la pericia psicológica determinó que el actor evidenciaba dificultades para tramitar los conflictos, por lo que requería tratamiento.
- En cuanto al daño moral, se tuvo en cuenta la gravedad de la culpa, la existencia de perjuicios materiales y las condiciones personales de las víctimas.
- Respecto a la tasa de interés, se consideró que aplicar la tasa activa desde el hecho dañoso hasta la sentencia implicaría un enriquecimiento indebido, por lo que se fijó una tasa del 6% anual en ese período.
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