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HAURET JUAN LUIS Y OTROS c/ GUERINEAU LUCAS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia, estableciendo una cuota de responsabilidad del 70% para el demandado y 30% para la actora, y fijando los montos indemnizatorios en $ 275.800.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Responsabilidad civil Concurrencia de culpas

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo una cuota de responsabilidad del 70% para el demandado y 30% para la actora. Fijó la indemnización en $ 275.800. La Cámara señaló que el choque entre vehículos en movimiento se rige por el art. 1113 del Código Civil, correspondiendo al demandado la carga de acreditar una causal de exención. Consideró que tanto el demandado, por la peligrosa maniobra de giro que realizó, como la conductora de la moto, por no poder evitar el choque, tuvieron responsabilidad en el accidente. Por ello, distribuyó la responsabilidad en un 70% para el demandado y 30% para la actora. En cuanto a la cuantificación del daño, la Cámara:
- Fijó la incapacidad sobreviniente en 33,4% (23,4% física y 10% psíquica), otorgando $ 203.000 por este rubro.
- Otorgó $ 70.000 por daño moral.
- Reconoció $ 2.800 por gastos.

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