MICH IVANA PAMELA c/ ALDAO DANIEL HERNAN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente mientras viajaba como acompañante en una motocicleta. La Cámara Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la responsabilidad del transportista benévolo se rige por el artículo 1109 del Código Civil y no se acreditó conducta antijurídica del demandado.
Actor: Ivana Pamela Mich Demandado: Daniel Hernán Aldao y Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito Decisión: Se rechaza la demanda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La responsabilidad del transportista benévolo se rige por el artículo 1109 del Código Civil (responsabilidad extracontractual) y no por el artículo 1113 (responsabilidad objetiva).
- No se acreditó conducta antijurídica o culposa del demandado, transportista benévolo.
- El juez no está vinculado a los fundamentos jurídicos invocados por las partes, pudiendo aplicar las normas que considere pertinentes (iura novit curia).
- Jurisprudencia reiterada de la Sala en similar sentido, considerando que la responsabilidad del transportista benévolo es extracontractual.
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