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G. M.C. c/ EXPRESO P. E. L. SOCIEDAD ANONIMA DE TRANSPORTES LINEA 741 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia aumentando los montos indemnizatorios.

Accidente de transito Dano moral Intereses Incapacidad psicofisica Franquicia


¿Quién es el actor?

G.M.C.

¿A quién se demanda?

EXPRESO P.E.L. SOCIEDAD ANONIMA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica (a $100.000), daño moral (a $30.000) y gastos médicos (a $2.000). Además, confirmó que la franquicia oponible a la víctima es desproporcionada e inaplicable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Considera que la pericia médica acreditó una incapacidad física del 15% y una incapacidad psíquica del 20%, por lo que corresponde aumentar la indemnización por incapacidad.
- Establece que para fijar la indemnización por incapacidad deben considerarse diversos factores como la edad, actividad, nivel socioeconómico y afectación a la vida de relación de la víctima, más allá del cálculo porcentual pericial.
- Respecto al daño moral, valora la gravedad de las lesiones, las molestias y dolores sufridos, y las secuelas de la víctima.
- Considera que la franquicia oponible a la víctima es desproporcionada y viola el principio constitucional de protección al usuario.
- Fija la tasa de interés en 8% anual desde el hecho hasta la sentencia, y tasa activa desde entonces.

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