CALATRAVA ARACELI DOMINGA c/ NUDO S.A.(LINEA DE COLECTIVOS 107 INT 687 DOM GAH951) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido mientras era transportada en un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral, y declaró la inoponibilidad de la franquicia asegurativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Araceli Dominga Calatrava, demandó a Nudo S.A. (empresa de transporte) y a su aseguradora por los daños sufridos cuando se cayó al descender de un colectivo.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados a pagar $138.600 a la actora.
- Ambas partes apelaron.
- La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por incapacidad sobreviniente a $102.000 y la de daño moral a $50.000. También declaró la inoponibilidad de la franquicia asegurativa y la inconstitucionalidad de la normativa que la establecía.
- La Cámara fundamentó su decisión en que el transportista tenía la obligación contractual de brindar seguridad al pasajero, que el testimonio del testigo Romero era creíble y concordante con otros elementos probatorios, y que la franquicia asegurativa era inoponible a la víctima en un seguro obligatorio de transporte público.
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