D., A. D. C. c/ MICRO OMNIBUS QUILMES S.A.C.I.F. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y disminuyendo el rubro tratamiento psicológico.
- Actora: A. del C. D.
¿A quién se demanda?
MICRO OMNIBUS Quilmes S.A.C.I y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, aumentando el monto de la incapacidad sobreviniente a $100.000 e incrementando la tasa de interés aplicable. Asimismo, se redujo el rubro tratamiento psicológico a $20.000 y se desestimó la oponibilidad de la franquicia a la aseguradora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se debe valorar en forma conjunta la incapacidad física y el daño psíquico, ya que repercuten unitariamente en la merma patrimonial de la víctima.
- La incapacidad sobreviniente debe indemnizarse no sólo en el aspecto laboral, sino también por las consecuencias que afectan la personalidad del damnificado.
- Los porcentajes de incapacidad física (10%) y psíquica (10%) acreditados deben traducirse en una indemnización de $250.000, según fórmula matemática.
- Procede aplicar la tasa activa del Banco Nación desde la fecha del hecho, sin que la fijación a valores actuales haga excepción a dicha regla.
- La franquicia de la póliza de seguro no es oponible a la víctima, conforme doctrina plenaria de la Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: