MENESES VARGAS ARY c/ TURISMO LA PLATA S.R.L Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor demandó a la empresa de transporte por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
- Se confirma el rechazo del reclamo autónomo por daño psíquico, considerándolo comprendido en el daño moral.
- Se aumenta el monto de la indemnización por incapacidad física de $43.850 a $40.000.
- Se aumenta el monto de la indemnización por daño moral de $43.850 a $30.000.
- Se modifica el cálculo de intereses, aplicando tasa del 8% anual desde el hecho hasta la sentencia de primera instancia, y luego tasa activa.
Fundamentos relevantes:
- El daño psíquico no configura un rubro autónomo, sino que se comprende dentro del daño moral.
- Para cuantificar la incapacidad física, se deben considerar los aspectos constitucionales y convencionales que protegen la integridad física y la salud.
- Para el daño moral, se debe ponderar la edad, situación familiar y laboral del actor, así como el impacto espiritual y en la vida de relación.
- Respecto a los intereses, se busca evitar un enriquecimiento indebido del actor.
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