R. J.Y OTRO c/ V. E. H s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Los actores promovieron demanda por daño moral derivado de una querella criminal que les fuera promovida. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y revocó la condena al considerar que la conducta del demandado no revela culpa grave que amerite responsabilidad civil.
- Actores: J. y J. Á. R. R.
¿A quién se demanda?
V. E. H.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daño moral derivado de una querella criminal por defraudación por desbaratamiento de derechos.
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y condenado al demandado. Consideró que si bien los actores fueron absueltos en la causa penal, ello no habilita por sí solo la procedencia de la acción civil por acusación calumniosa, ya que el demandado no actuó con culpa grave o grosera al formular la denuncia, pues existían dudas razonables sobre el incumplimiento de los actores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La sola absolución en la causa penal no implica automáticamente responsabilidad civil por acusación calumniosa. Se requiere que el demandado haya actuado con culpa grave o grosera.
- En el caso, la conducta del demandado no revela tal grado de culpa, pues existían dudas razonables sobre el incumplimiento de los actores en relación a la deuda hipotecaria que pesaba sobre el inmueble que les vendieron.
- Los jueces penales tuvieron distintas apreciaciones sobre la configuración del delito imputado, lo que evidencia que la cuestión no era tan clara.
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