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EMPRESA GRAL. URQUIZA S.R.L. c/ BERTONE, GUSTAVO JUAN Y OTRO s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION

Empresa promovió demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y estableció que la tasa de interés se compute desde el día del hecho hasta el efectivo pago.

Accidente de transito Danos y perjuicios Tasa de interes Lucro cesante Procedencia parcial


¿Quién es el actor?

Empresa General Urquiza S.R.L.

¿A quién se demanda?

Gustavo Juan Bertone

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó daños y perjuicios por accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que la tasa de interés se compute desde el día del hecho hasta el efectivo pago, pero confirmó lo demás decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que si bien la doctrina plenaria obliga a aplicar la tasa activa, debe atenderse a las circunstancias del caso para evitar un enriquecimiento indebido, y que en este caso la aplicación de la tasa activa desde el hecho no altera el significado económico de la condena.

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