CARRERA JUANA SOFIA Y OTRO c/ EMPRESA DE TRANSPORTE DE DERUDDER HNOS.S.R.L.(FLECHABUS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Las actoras reclamaron indemnización por daños en un accidente de tránsito. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño moral.
- Actores: Ofelia Graciela Carrera y Juana Sofía Carrera
¿A quién se demanda?
Empresa de Transportes Derudder Hermanos S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de indemnización por daños y perjuicios sufridos en un accidente de tránsito el 7/2/2008
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, incrementando las sumas reconocidas en concepto de "Daño moral" a $90.000 para Ofelia Graciela Carrera y $80.000 para Juana Sofía Carrera. Además, aplicó la tasa de interés activa cartera general del Banco Nación desde el inicio de la mora (fecha del hecho) hasta el efectivo pago. La Cámara consideró que el daño moral debe guardar razonable proporción con la entidad del agravio, teniendo en cuenta las lesiones físicas y psíquicas acreditadas. Respecto a la tasa de interés, la Cámara aplicó la tasa activa desde el inicio de la mora, conforme a la doctrina del plenario "Samudio", a fin de evitar premiar al deudor moroso.
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