P., M. N. c/ K., E. M. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Civil regula los honorarios de un perito ingeniero y una mediadora en un juicio por daños y perjuicios.
¿Quién es el actor?
M. N. P.
¿A quién se demanda?
E. M. K. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil regula los honorarios del ingeniero mecánico J. D. S. en $2.200 y de la mediadora J. R. en $2.880, pero no regula los honorarios de la psicóloga V. B. por no haber sido designada de oficio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La regulación de honorarios se realiza de conformidad con el decreto 1467/11 modificado por el decreto 2536/15.
- La publicación de la sentencia queda sujeta a lo establecido en el art. 164 del Código Procesal.
- La Vocalía N° 20 no interviene por hallarse vacante.
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