G.L. c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente en la vía pública. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
¿Quién es el actor?
G.L.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de daños y perjuicios por accidente en la vía pública
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se eleva la indemnización por incapacidad sobreviniente a $250.000 y por daño moral a $120.000. Se fija el plazo para el pago de la condena en 30 días por el monto de la remuneración del Jefe de Gobierno, y el saldo según procedimiento del Código Contencioso Administrativo y Tributario.
Los principales fundamentos fueron:
- El Gobierno de la Ciudad tiene el deber de conservar razonablemente las arterias públicas y evitar que se vuelvan peligrosas. Su responsabilidad es objetiva por el riesgo o vicio de la cosa.
- La actora acreditó la existencia del bache y el nexo causal con los daños sufridos. El demandado no probó eximente de responsabilidad.
- La determinación de la incapacidad sobreviniente y el daño moral se fijaron con criterio jurisprudencial, teniendo en cuenta las particularidades del caso.
- El plazo de pago se adecuó a la normativa aplicable al Gobierno de la Ciudad.
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