POLIDORO MONICA ESTHER c/ HOSPITAL BRITANICO DE BUENOS AIRES Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una mala praxis médica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por daño moral y gastos de medicamentos.
La actora Monica Esther Polidoro demandó al Hospital Británico de Buenos Aires y a otras entidades por daños y perjuicios derivados de una mala praxis médica.
La Cámara analizó que si bien el Hospital Británico, la compañía de seguros Noble y la obra social OSDE argumentaron que la paciente fue atendida con la debida diligencia, el perito médico determinó que no se realizaron los estudios necesarios (tomografía y resonancia) para un adecuado diagnóstico, lo cual derivó en el agravamiento del cuadro y la perforación esofágica de la actora. Por ello, se consideró acreditada la culpa médica que genera la responsabilidad de los demandados.
En cuanto a la indemnización, la Cámara elevó el monto por daño moral a $100.000 y por gastos de medicamentos a $2.000, confirmando el rechazo de los rubros de daño estético, lucro cesante y gastos terapéuticos futuros.
Las principales citas textuales fueron:
- "La obligación cuyo cumplimiento se encuentra aquí en debate, presenta determinado "plan prestacional" (camino a la satisfacción del interés tutelado) que debía ejecutarse a favor del paciente y que se inserta en el marco de los deberes "de diligencia"".
- "En la obligación de medios que debe prestar el médico, que consiste en un actuar diligente y prudente, el actor tiene la carga de demostrar el incumplimiento de aquel que no es otra cosa que su falta de diligencia y prudencia".
- "El daño moral importa una minoración en la subjetividad de la persona de existencia visible, derivada de la lesión a un interés no patrimonial, o con mayor precisión, una modificación disvaliosa del espíritu, en el desenvolvimiento de su capacidad de entender, querer o sentir".
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