F. E.E. c/ LINEA 10 SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó la indemnización por tratamiento psicoterapéutico de la víctima de un accidente de transporte público.
- Actor: E. E. F.
- Demandados: Línea 10 S.A. y Mutual Rivadavia de Transporte Público de Pasajeros
- Objeto: Reclamo por daños y perjuicios por accidente de tránsito cuando viajaba como pasajera en un móvil de la línea 10.
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, manteniendo el monto de indemnización por incapacidad física y psíquica, pero admitiendo un rubro de $10.000 para el tratamiento psicoterapéutico recomendado.
- Fundamentos: La Cámara consideró que, si bien en primera instancia se había reconocido el daño psíquico independiente del moral, no se había indemnizado el costo del tratamiento psicoterapéutico recomendado por el perito, por lo que correspondía admitir este rubro. Respecto del monto por incapacidad y daño moral, la Cámara entendió que el fijado era adecuado.
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