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CAPUTO MARIANA ROMINA c/ VITTAL SOCORRO MEDICO PRIVADO S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su madre. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia al desestimar el rubro tratamiento psicológico y establecer los parámetros para el cálculo de los intereses.

Danos y perjuicios Responsabilidad medica Intereses moratorios Perdida de chance Error de diagnostico Solidaridad entre deudores


¿Quién es el actor?

Mariana Romina Caputo
- Demandados: Vittal Socorro Médico Privado S.A., María Luján Landini, TPC Cía. de Seguros S.A., Prudencia Cia. Argentina de Seguros Generales S.A., Elvira Tucto Calderón, Prestadores del Sur S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por el fallecimiento de la madre de la actora.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, confirmando la condena a las empresas demandadas, pero se desestimó el rubro "tratamiento psicológico". Además, se modificó la forma de cálculo de los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se determinó que la Dra. Landini incurrió en negligencia médica al no brindar el tratamiento adecuado a la paciente, lo que le hizo perder la chance de sobrevivir. La relación de causalidad quedó acreditada. Se estableció que la obligación es solidaria entre las condenadas. Se fijó la tasa de interés a aplicar: 8% anual desde el hecho hasta la sentencia apelada y luego la tasa activa del Banco Nación.

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