SUCESORES DE G., A. DE J. c/ EMPRESA DE TRANSPORTE GENERAL ROCA S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los sucesores de la demandante interpusieron un recurso de apelación contra la sentencia que rechazó la demanda por falta de acreditación del nexo causal. La Cámara Civil revocó la decisión y admitió parcialmente la demanda, condenando a los demandados al pago de una indemnización.
¿Quién es el actor?
Sucesores de G. A. de J.
- Demandados: Empresa de Transporte General Roca S.A. y J. R. C. (chofer)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente sufrido por la actora como pasajera de un colectivo de la empresa demandada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y admitió parcialmente la demanda. Consideró que estaba acreditado que la actora sufrió una caída y lesiones durante el viaje en el colectivo, por lo que correspondía aplicar la responsabilidad objetiva del transportista. Fijó una indemnización de $38.000 por incapacidad (8%) y daño moral.
Fundamentos relevantes:
- El sistema de responsabilidad objetiva previsto en el art. 184 del Código de Comercio y la ley de Defensa del Consumidor hace responsable al transportista, quien debe probar las eximentes.
- La actora acreditó suficientemente su condición de pasajera y las lesiones sufridas en el hecho.
- El dictamen pericial estableció una incapacidad del 8% y su nexo causal con el accidente.
- El daño moral fue cuantificado en $15.000 atendiendo a las condiciones personales de la víctima.
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