S. C. M.Y OTRO c/ EDELAP SOCIEDAD ANONIMA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente eléctrico fatal en su domicilio. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la distribución de responsabilidad entre las partes realizada por el juez de primera instancia.
Daños y perjuicios por la muerte del hijo menor de los actores a raíz de una descarga eléctrica en su domicilio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la distribución de responsabilidad realizada por el juez de primera instancia, atribuyendo 30% a la víctima, 40% a los actores y 30% a la empresa de electricidad EDELAP. Asimismo, confirmó los montos indemnizatorios fijados en primera instancia.
Los fundamentos principales fueron:
- EDELAP incumplió normativa al conectar el suministro sin exigir la Declaración de Conformidad de la Instalación, lo que le atribuye parte de responsabilidad.
- Sin embargo, las graves deficiencias de la instalación eléctrica interna de la vivienda, conocidas por los habitantes, los hacen también responsables en gran medida.
- La falta de elementos de seguridad básicos como un disyuntor, a cargo de los habitantes, tuvo un papel determinante en el accidente.
- El valor de la vida y el daño moral fijados resultan razonables y proporcionales a las circunstancias.
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