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MENDEZ MARIA ISABEL c/ OSDE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

La actora promovió demanda por daños derivados de la falta de diagnóstico y tratamiento oportuno. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo el porcentaje de responsabilidad atribuido a las demandadas.

Dano moral Responsabilidad medica Relacion de consumo Perdida de chance Accidente cerebrovascular

Daños y perjuicios por falta de diagnóstico y tratamiento oportuno que derivó en lesiones permanentes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se atribuyó un 30% de responsabilidad a las demandadas por la pérdida de chance que sufrió la actora de recibir un tratamiento oportuno. Se confirmó el monto de $300.000 fijado en concepto de daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal aplicó la Ley de Defensa del Consumidor a la relación entre la actora y las demandadas, al considerar que la obra social y el sanatorio son proveedores de servicios de salud.
- Se acreditó que hubo una demora en el diagnóstico y derivación oportuna de la actora, lo que le privó de recibir el tratamiento adecuado en el tiempo requerido.
- Si bien no se puede asegurar que la actora se hubiera curado de haber sido derivada a tiempo, existía una chance (estimada en 30%) de evitar o reducir las graves secuelas sufridas.
- El monto de $300.000 fijado en concepto de daño moral se consideró adecuado.

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