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RODA CARLOS ADRIAN c/ TROTTA, JUAN PABLO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los conductores de una motocicleta demandaron a un conductor de automóvil por daños en un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó que el conductor de la motocicleta fue el único responsable del accidente.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Prioridad de paso Prueba pericial Culpa concurrente

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron las demandas y se hizo lugar a la reconvención contra Russo

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El conductor del automóvil Fiat Uno, Juan Pablo Trotta, demostró que el accidente se produjo por la exclusiva culpa de Guillermo Daniel Russo, quien impactó con su motocicleta el lateral trasero del automóvil.
- Los semáforos de la intersección no funcionaban al momento del accidente, por lo que no correspondía la prioridad de paso a la motocicleta.
- El peritaje determinó que la motocicleta impactó con su parte frontal el lateral trasero del automóvil, lo que demuestra que el arribo de la motocicleta a la intersección fue posterior al automóvil.
- No se acreditó una eventual culpa concurrente del conductor del automóvil.

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