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MONTENEGRO NESTOR ORLANDO c/ LINEA 179 SA GRUPO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Gastos medicos Incapacidad fisica Inoponibilidad de franquicia


¿Quién es el actor?

Néstor Orlando Montenegro
- Demandados: Grupo Línea 179 S.A. y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando las indemnizaciones por incapacidad física sobreviniente de $30.000 a $120.000 y por daño moral de $10.000 a $60.000. Confirmó los montos por gastos médicos y farmacéuticos en $1.000 y la inoponibilidad de la franquicia a la aseguradora. Fundamentos principales:
- La indemnización por incapacidad sobreviniente debe valorar la disminución de aptitudes o facultades, más allá de la repercusión patrimonial.
- El monto por daño moral debe considerar la forma en que ocurrió el accidente, la facilidad de haberlo evitado, las lesiones permanentes y su repercusión espiritual.
- Los gastos médicos y farmacéuticos son indemnizables, aun sin prueba documental, si son razonables y se correlacionan con la lesión.
- Las franquicias de la cobertura de responsabilidad civil son inoponibles a la víctima, según la jurisprudencia y el criterio solidarista del derecho de daños.

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