Incidente Nº 1 - ACTOR: B.M.R. Y OTRO DEMANDADO: B.G. Y OTRO s/RENDICION DE CUENTAS
Herederos demandan rendición de cuentas por la explotación de un bien del acervo sucesorio. La Cámara Civil confirma la obligación de los demandados de rendir cuentas por su carácter de administradores de hecho.
- Actores: Herederos B.M.R.; B.W.; B.G.; B.A.
- Demandados: G.B. y A.B.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Rendición de cuentas por la explotación de un lote del campo "La Ranchería" perteneciente al acervo sucesorio de la madre de los contendientes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y determinó la obligación de los demandados de rendir cuentas por su carácter de administradores de hecho del bien.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La explotación del bien por los demandados en su exclusivo beneficio quedó probada, aun cuando negaran tener obligación de rendir cuentas.
- Los demandados resultaron administradores de hecho del bien, por lo que deben rendir cuentas a los herederos desde la muerte de la causante hasta la designación de una administradora.
- La explotación de la cosa común, mientras dure el estado de indivisión, opera en beneficio de todos los condóminos, independientemente de la actitud activa o pasiva de los restantes.
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